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Adoptame

 

Cada vez es más común el tener animales de compañía en casa, los más comunes suelen ser perros, gatos, aves y tortugas, aunque cada vez la variedad es mayor.

Se ha demostrado científicamente que estos compañeros de viaje experimentan sentimientos de placer, miedo, estrés, ansiedad, dolor o felicidad.

El 17 de octubre de 1978 la UNESCO hace la Declaración de los Derechos del Animal, en la Unión Europea esta Resolución Parlamentaria se lleva a cabo el 6 de Junio de 1996.

Nuestra legislación, en este sentido, no es tan clara, por lo tanto no facilita la protección correcta de los animales.

La ley tiene en cuenta, sobre todo, para que van a ser destinados los animales, ya sea, ganadería, experimentación, compañía, etc., ya que cada uno, según sea su destino, necesitará unas atenciones especializadas.

Centrándonos en los animales de compañía, la ley no se centra solo en ellos, sino en su entorno, salubridad del mismo, la seguridad y la relación con el hombre.

Esta Ley tiene cinco títulos:

- El Título I recoge las disposiciones generales, relacionado con las atenciones básicas que deben recibir.

- El Título II es el destinado a los animales de compañía. Consta de seis apartados en los que tras dejar claro cuáles son los animales de compañía, establece las normas sanitarias y de sacrificio. En otro apartado trata sobre el mantenimiento, tratamiento y esparcimiento. Otro apartado hace mención a la identificación y registro. Podemos encontrar en otro de los apartados, las condiciones que deben cumplir los Centros Veterinarios, los de venta, adiestramiento y custodia temporal. Otro de los apartados regula las exposiciones y concursos. En el último apartado se contempla el abandono y la perdida y las medidas que deben cumplir los centros de recogida.

- El Título III  trata sobre las asociaciones de protección y defensa de los animales.

- El Título IV trata sobre la intervención, investigación, vigilancia y cooperación que competen a las Administraciones autonómica y local.

- El Título V tipifica las infracciones y sanciones impuestas por la Ley.

 

En Andalucía queda recogido en: http://www.juntadeandalucia.es/boja/2003/237/1

 

Todo esto es lo que nos dice la Ley, pero, ¿que decimos y decidimos nosotros? Estamos en unas fechas, en las que en muchos hogares, debajo del árbol, aparecerá la mañana del día 6 un cachorrito. Estos pequeñajos que son tan adorables y parecen peluches, son seres vivos, que no funcionan con pilas, no podemos conectarlos y desconectarlos a nuestro antojo, no podemos dejarlos en un cajón abandonados. Estos pequeñajos necesitan muchos cuidados, como alimentación, aseo, revisiones médicas y vacunas, censarlos,… y sobre todo, darles todo nuestro cariño y tiempo. A veces perderemos cosas, un viaje, una cena, pero… ¿nos hemos parado a pensar que recibimos a cambio? Ellos no dan solo trabajo, pelitos por toda la casa, el bebedero que te derraman entero, etc… ellos dan todo su amor a quien los cuida, de una forma incondicional y desinteresada.

Los animales que son abandonados y luego acogidos por una familia que los adopta, son mucho más agradecidos, más cariñosos, ya que saben apreciar lo que su nueva familia es capaz de darles.

En España, cada año, son abandonados más de 150.000 animales, son abandonados sin más en cunetas o después de ser maltratados, mutilados, humillados; porque estorban, porque ya no sirven para la competición o para el trabajo que le teníamos asignado. Al ser recogidos por asociaciones, estás cuidarán de ellos de la mejor forma posible, por eso, adoptando estamos contribuyendo al mantenimiento de ellos y dejando sitio para otros pequeños o grandes que sufren la misma suerte (mala suerte).

Cuando se compra un animal en una tienda o a un criador, se está favoreciendo la “producción de cachorros”.

Al adoptar se paga una pequeña cantidad, eso no es comprar, es que la asociación esteriliza, pone microchip, vacunas, desparasita y hace la revisión al adoptado antes de ser entregado a su nueva familia.

En un refugio o asociación puedes adoptar entre una gran variedad de animales, el que más se adapte a tus características personales, ya sea por tamaño, carácter, apariencia, etc.

Al adoptar se salvan vidas, ya que el lugar que deja el animal adoptado, será ocupado por otro nuevo miembro.

Se les libra de vivir el resto de su vida en una jaula, se les da una vida digna.

Adopta, no compres, porque ningún animal debe ser tratado como un objeto comercial.

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