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Nuevo Programa de Urgencia Social Municipal 2016

35.041,59 euros aportación de la Diputación Provincial de Sevilla y 3.504,16 euros de aportación municipal, total 38.545,75 euros para contrataciones de personas en exclusión social

Se realizarán contratos por períodos comprendidos entre 15 días y 3 meses de duración. 

La cuantía por cada contrato, con las cotizaciones a la Seguridad Social, no superará los 1.000 euros en cómputo mensual, (salario neto aproximadamente desde los 645 euros) o su equivalente proporcional en caso de contratos de diferente duración al mes 

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA, Área de Cohesión Social e Igualdad, Resolución de la Presidencia número 2027/2015, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Programa de Urgencia Social Municipal para los municipios y entidades locales autónomas (ELAs) de la provincia de Sevilla 2016. 

El período de ejecución será desde la fecha de la publicación de la presente resolución (9 de junio) hasta el 31 de diciembre de 2016. (extracto del Programa)

Tercero: Beneficiarios y destinatarios finales.
Las ayudas previstas en este Programa se gestionarán por las entidades locales de la provincia, exceptuando Sevilla capital, e irán destinadas a personas que se encuentren en alguna o algunas de las siguientes situaciones: 

— Personas en riesgo de exclusión social que vivan solas.
— Personas pertenecientes a unidades familiares que tengan menores o personas dependientes a su cargo.
— Miembro de unidades familiares que no hayan tenido durante 2015 un contrato de trabajo correspondiente al Programa de Urgencia Social Municipal.
— Miembro de unidades familiares en las que convivan jóvenes que tengan dificultades económicas para continuar sus estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior.
— Mujeres en situación de riesgo o proclives a desembocar en situaciones de exclusión social, con carácter preferente víctimas de violencia de género.
— Miembro de otras unidades familiares no contempladas en los puntos anteriores y que cumplan con los requisitos que se establecen en el siguiente punto.

Cuarto. Requisitos de los destinatarios.
Los destinatarios: 

1. Estar empadronados en la Entidad Local de la provincia de Sevilla que realiza la contratación a 1 de enero de 2016. 
2. Acreditar la situación de desempleo. 
3. Pertenecer a una unidad familiar en los siguientes umbrales económicos referidos al Indicador Público de Renta de Efectos. 

Múltiples (IPREM): 
— Familias de 1 solo miembro hasta 1,5 veces IPREM.
— Familias de 2 miembros hasta 1,75 veces IPREM.
— Familias de 3 o más miembros hasta 2 veces IPREM. 

El IPREM queda establecido según los Presupuestos Generales del Estado para 2016 en las siguientes cuantías:  Diario 17,75 euros --  Mensual 532,51 euros   --  Anual   6.390,13 euros. 

Séptimo. Ejecución del Programa: Contratación y condiciones. 

Las ayudas económicas concedidas a través de este Programa se utilizarán íntegramente por las entidades locales para ofrecer contrataciones de carácter temporal a personas que padezcan problemáticas socioeconómicas graves, y de acuerdo con los puntos 3ºy 4º.  

Las contrataciones a realizar por las entidades locales cumplirán la normativa vigente en materia laboral y seguirán la modalidad de «contrato por obra o servicio determinado acogido al Programa de Urgencia Social Municipal y en el mismo se ha de especificar las tareas a desarrollar. Se realizarán por períodos comprendidos entre 15 días y 3 meses de duración. 

Excepcionalmente podrán realizarse contratos de duración inferior cuando sirvan para complementar períodos de cotización que originen nuevos derechos de las personas contratadas. 

La financiación de cada contrato incluido en el Programa no superará, incluyendo las cotizaciones a la Seguridad Social, los 1.000 euros en cómputo mensual, (salario neto aproximadamente desde los 645 euros) o su equivalente proporcional en caso de contratos de diferente duración al mes 

Las contrataciones serán gestionadas por las entidades locales, que asumirán la responsabilidad plena que deriven de las mismas. 

Todos los contratos deberán quedar finalizados a 31 de diciembre de 2016, no pudiendo superar esa fecha bajo ningún concepto. 

Las contrataciones realizadas no podrán, en ningún caso, destinarse a suplir bajas o vacantes producidas en puestos de trabajo ocupados previamente en la Entidad Local beneficiaria. 

El objeto de las contrataciones y de las tareas a desarrollar tendrá especial incidencia en trabajos de índole social. 

La entidad local deberá contemplar la máxima equidad en la proporción de contrataciones y la duración de las mismas entre hombres y mujeres. 

Así mismo la cantidad de 3.504,16 euros de aportación municipal y con carácter voluntario, podrán destinarse a la compra de materiales de construcción para ser utilizados en las actuaciones y obras del municipio que, dado su interés social, se realicen con las contrataciones derivadas de este Programa.

Más información preguntar en el Ayuntamiento por Araceli Esperanza Pila Balanza. (3º Teniente de alcalde). Delegación de Ciudadanía, Servicios Sociales, Educación, Igualdad y Participación Ciudadana. Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  Contacto: Centro Cultural Casa de las Monjas, avenida Alcaldesa María Regla Jiménez, número 158. Teléfono 955 71 48 60

 

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